Término local: España

VERI*FACTU

Definición

VERI*FACTU es el nombre con el que se conocen en España los requisitos que deben cumplir los programas de facturación para generar registros inalterables y trazables de cada factura, y en concreto la modalidad en la que esos registros se envían automáticamente a la Agencia Tributaria al emitir cada factura. Su obligatoriedad general se ha aplazado varias veces.

También llamado: Verifactu, VeriFactu, Sistemas informáticos de facturación, SIF, Reglamento antifraude

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VERI*FACTU en la práctica

Lo regula el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la Ley 11/2021 de medidas de prevención del fraude fiscal. Afecta a empresas y autónomos que facturan con un programa informático y tributan por IRPF (actividades económicas), Impuesto sobre Sociedades o IRNR con establecimiento permanente. Quedan fuera quienes facturan a mano, quienes están en el SII y quienes tienen su domicilio en el País Vasco o Navarra.

Hay dos modalidades. En la modalidad VERI*FACTU, el programa envía cada registro de facturación a la Agencia Tributaria al emitir la factura. En la modalidad no verificable, los registros se guardan firmados electrónicamente y encadenados, y se entregan si Hacienda los pide. En ambas, la factura lleva un código QR que el cliente puede usar para comprobarla.

Las fechas de obligatoriedad se han movido varias veces, así que consulta siempre el calendario vigente en la sede de la Agencia Tributaria. Los fabricantes de software ya deben ofrecer programas adaptados y certificar su cumplimiento con una declaración responsable.

VERI*FACTU no es la factura electrónica obligatoria entre empresas: uno regula cómo registra tu programa cada factura y la otra, el formato estructurado en que la factura llega al cliente.

Preguntas frecuentes

¿VERI*FACTU me afecta si soy autónomo?

Sí, si facturas con un programa informático y tributas en territorio común. No te afecta si emites facturas a mano, si estás en el SII o si tu domicilio fiscal está en el País Vasco o Navarra. Consulta en la Agencia Tributaria la fecha vigente de obligatoriedad.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Es un punto con matices. La Agencia Tributaria aclara en sus preguntas frecuentes en qué casos una hoja de cálculo o un procesador de textos se considera sistema informático de facturación. Si dependes de ellos, revisa esas preguntas o consulta a tu asesor.

Términos relacionados

Esta página es solo informativa y no constituye asesoría legal, fiscal ni financiera. Las normas cambian y varían según el lugar, así que consulta a un abogado o contador calificado sobre tu caso.

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